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Perú: Nueva ley amenaza la libertad de expresión y los derechos trans

El Congreso debe derogar la ley y aprobar legislación basada en evidencia para combatir la violencia sexual

Los legisladores se encuentran en el interior del Congreso mientras esperan la llegada de la presidenta peruana Dina Boluarte, en Lima, Perú, el 28 de julio de 2023.  © 2023 Aldair Mejia/Pool photo via AP File

(Nueva York) – Una ley promulgada en el Perú el 12 de mayo pretende combatir la violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes, pero termina socavando la libertad de expresión y el acceso a la información y discriminando a las personas transgénero, señaló hoy Human Rights Watch. Las disposiciones vagas y excesivamente amplias de la ley también podrían utilizarse para restringir expresiones de identidad, contenidos artísticos y materiales educativos, mientras que no aborda de manera efectiva la omnipresente violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes en el país.

La ley, cuyo objetivo declarado es “fortalecer el derecho a la indemnidad sexual de los niños y los adolescentes”, también ordena que el acceso a los baños públicos se restrinja en función del “sexo biológico”, prohibiendo de hecho a las personas trans, incluyendo los jóvenes trans, utilizar los baños públicos que correspondan con su identidad de género.

“Proteger a los niños, niñas y adolescentes de la explotación y el abuso sexual es una obligación fundamental del Estado, pero esta ley utiliza la protección de la niñez como pretexto para la represión y la discriminación”, señaló Cristian González Cabrera, investigador sénior de Human Rights Watch. “La ley abre la puerta a que las autoridades censuren expresiones que consideren ‘inapropiadas’ bajo el pretexto de proteger a los niños, y convierte en chivos expiatorios a las personas trans, un grupo que ya enfrenta un alto riesgo de violencia en el Perú.”

Los niveles de violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes en el Perú son alarmantes. Según el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de enero a marzo de 2025 los Centros de Emergencia Mujer recibieron 4.910 casos de violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes (de un total de 15.293 casos recibidos). En 2024, el número total fue de 22.798 (de un total de 63.489). Aunque el Congreso tiene la responsabilidad de dar respuesta a esta crisis, la nueva ley no ofrece una solución eficaz ni respetuosa de los derechos humanos, señaló Human Rights Watch.

El artículo 4 de la ley prohíbe la “explotación y sexualización” de niños, niñas y adolescentes en los medios de comunicación, la publicidad y el entretenimiento. Sin embargo, al no definir los conceptos clave de “connotación sexual” o “cosificación”, la disposición podría utilizarse para censurar expresiones personales o culturales, obras artísticas o materiales didácticos. Esta posible censura y aplicación arbitraria de la norma también podrían limitar la capacidad de niños, niñas y adolescentes de acceder a información relevante para su desarrollo sexual, incluso como parte de una educación sexual integral apropiada para su edad y basada en evidencia científica, que podría ayudar a prevenir la violencia sexual.

La ley también modifica el artículo del código penal sobre “exhibiciones y publicaciones obscenas”, aumentando la pena mínima de prisión de tres a cuatro años para quien muestre, venda o entregue a un menor “objetos, libros, escritos, imágenes, visuales o auditivas, que por su naturaleza puedan afectar a su desarrollo sexual”. La pena máxima sigue siendo de seis años.

Los estándares internacionales de derechos humanos exigen que cualquier restricción a la libertad de expresión y al acceso a la información sea específica y proporcional, especialmente cuando se trata de sanciones penales. El uso de términos legales vagos o excesivamente amplios puede dar lugar a restricciones injustas y prácticas discriminatorias.

El artículo 5 de la ley establece que se prohíbe “el ingreso y el uso” de los baños públicos a las personas cuyo “sexo biológico” no coincida con “el sexo para el cual se ha destinado el referido servicio”. Estas disposiciones no solo discriminan a las personas trans, sino que refuerzan prejuicios dañinos e infundados que presentan la presencia de personas trans en los baños con una amenaza para la niñez.

Los estudios no han demostrado ninguna relación entre las políticas de baños inclusivos y el aumento de riesgos para la seguridad de mujeres o menores. Al contrario, son las personas trans las que se enfrentan a mayores riesgos de acoso y violencia en espacios públicos, incluyendo en los baños. Aplicar este tipo de política discriminatoria también incentiva el escrutinio intrusivo y humillante de los cuerpos o las identidades de las personas exponiéndolas a la sospecha y los malos tratos, incluyendo los jóvenes trans y las personas que no se ajustan a las normas tradicionales de género.

El 7 de mayo, Human Rights Watch envió una carta a la presidenta Dina Boluarte instándola a vetar la ley entonces propuesta por vulnerar la libertad de expresión, el derecho a la información y el derecho a la no discriminación. Human Rights Watch no recibió respuesta.

El 12 de mayo, el Comité de Ética del Congreso votó a favor de abrir una investigación contra la congresista Susel Paredes por su presunta incitación a las mujeres trans a utilizar los baños femeninos del Congreso durante un acto sobre la diversidad de género realizado en marzo. La denuncia sostiene que Paredes violó el Código de Ética Parlamentaria, pudiendo ser suspendida por 120 días sin remuneración. Es probable que la nueva ley dé lugar a más acciones legales arbitrarias e infundadas contra las personas trans y quienes las apoyan.

El Perú tiene la obligación de garantizar el derecho de los niños, niñas y adolescentes a una educación sexual integral, un elemento elemental del derecho a la educación. En esencia, esta educación consiste en planes de estudio apropiados para cada edad, inclusivos y basados en evidencia científica, que pueden fomentar decisiones informadas y seguras, y contribuir a prevenir la violencia de género, incluida la sexual. El Comité de los Derechos del Niño ha instado al Perú a proporcionar a todos los niños educación adecuada y accesible sobre salud sexual y reproductiva. Esta nueva ley amenaza ese acceso.

Además, el Perú es parte de varios tratados internacionales de derechos humanos, como la Convención sobre los Derechos del Niño, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que obligan al Estado a proteger a todas las personas de la discriminación, incluyendo aquella basada en la edad o la identidad de género. La promulgación de esta ley contraviene los compromisos asumidos por el Perú en dichos tratados.

“El Congreso peruano debe derogar esta ley de forma urgente, que no solo falla en proteger a la niñez de la violencia sexual, sino que además pone en riesgo los derechos de las mismas personas que dice querer proteger, incluyendo los jóvenes trans”, afirmó González. “En su lugar, el Congreso debería aprobar leyes específicas y basadas en evidencia para prevenir la violencia sexual, así como la alta discriminación que enfrentan las personas transgénero”.

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